domingo, 12 de octubre de 2014

La Cámara de Cuentas de Andalucía detectó en 2007 irregularidades en la adquisición de las Dehesas Boyal y Santa María.

PSOE-Concejal No Adscrito vetan la posibilidad de que el Consejo Consultivo de Andalucía se pronuncie sobre el expediente de compra de las Dehesas Boyal y Santa María. El PSOE se parapeta sobre los argumentos de odio y persecución política ante la revisión de oficio cuando hay indicios más que suficientes como para elevar al Consultivo. Un informe publicado en octubre de 2008 por la Cámara de Cuentas de Andalucía señala las irregularidades detectadas en el proceso de compra de esas tierras.


El Grupo Municipal de PSOE de Almonte junto con el Concejal No Adscrito han vuelto a vetar la posibilidad de que el Consejo Consultivo de Andalucía dictamine si las compras efectuadas en 2006 de las Dehesas Boya y Santa María se hicieron de forma correcta. A pesar de que existen tres tasaciones, incluida la encargada por el Juez que lleva el proceso penal, que muestran cómo el precio real de estos suelos no sobrepasaría los 2,7 millones de euros y que parece absurdo pagar con dinero público más por unos terrenos que no lo valen, los integrantes del Grupo Municipal de PSOE se escudaron en que no se puede revisar continuamente su gestión y que todo se debe a una persecución o cacería motivado por el odio a su grupo. Pero la realidad es que no parece estar mal solo el precio pagado por estas tierras pues el proceso de adquisición, la fórmula de tasación, la justificación de la compra o la forma de pago también está en cuestión.

El Concejal-Portavoz de IU Daniel Martínez dejó bien claro que el PSOE se parapeta sobre los argumentos de odio y persecución política ante la revisión de oficio de las Dehesas, cuando la realidad es que un informe publicado en octubre de 2008 por la Cámara de Cuentas de Andalucía -descargar documentoseñala las irregularidades detectadas en el proceso de compra de esas tierras.

Para el Concejal de IU este organismo público es lo suficientemente neutral como para tener en cuenta su análisis e iniciar la revisión de oficio del expediente. El informe analiza los convenios urbanísticos llevados a cabo por el Ayuntamiento de Almonte, estudiando en el capítulo 5 el destino de los ingresos generados por los convenios firmados que reciben el nombre técnico de Patrimonio Municipal de Suelo (PMS). Como la compra de las Dehesas fue supuestamente financiada con el dinero generado por convenios urbanísticos la Cámara de Cuentas de Andalucía entra a analizar el expediente de compra de las Dehesas Boya y Santa María con las siguientes conclusiones:

70. La adquisición de bienes a título oneroso por la Entidades locales se rige por la legislación de contratos de las Administraciones públicas y se debe efectuar, con carácter general, por concurso; si bien, se puede utilizar el procedimiento negociado en determinados supuestos, como, por ejemplo, cuando lo requieran las características de singularidad y especificidad técnica de los bienes. No obstante, en los expedientes analizados no consta la memoria justificativa que explique tales circunstancias y que ampare, en su caso, la elección del procedimiento negociado (art.10 LBEL y 21 RBEL).

71. Por otro lado, en ambos expedientes consta informe del arquitecto municipal que valora las fincas adquiridas por el método de comparación, a partir de los valores de fincas análogas (art. 26 de la Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre Régimen del Suelo y Valoraciones). No obstante, en los expedientes administrativos no queda constancia de los precios de mercado utilizados para la tasación y que, en su caso, podrían justificar las diferencias existentes (en un caso 3,1 € el metro cuadrado y en el otro 2,45 €). En tal sentido, se debe recordar que los informes técnicos de valoración deberán explicitar los parámetros en que se fundamentan, tal y como exige expresamente, por ejemplo, el artículo 114 de la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas.

72. El importe de los gastos financiados con los ingresos derivados de los convenios urbanísticos, y que el ayuntamiento ha dedicado a la adquisición de terrenos para su incorporación al PMS, se sitúa en 4.361.493 €.

73. No obstante, se debe reseñar cómo todas las fincas adquiridas se encuentran clasificadas como suelo no urbanizable de especial protección de carácter ambiental y paisajístico, con un uso forestal vinculado a las explotaciones agrícolas. Dada esta naturaleza, la adquisición de estas parcelas no se debería haber financiado con recursos derivados del PMS, pues no podrán cumplir los destinos establecidos en el artículo 75.1 de la LOUA.

El citado informe deja entrever que las fincas debieron adquirirse mediante concurso y que al haberlo efectuado como un negociado debía justificarse, este documento de justificación esencial para la comprar no consta. También señala que el criterio empleado para la tasación no es el más apropiado y que al haber empleado el Patrimonio Municipal de Suelo para financiar la compra no debió efectuarse sobre unos suelos que no son urbanizables.


Para el Concejal Portavoz de IU Daniel Martínez las irregularidades detectadas por la Cámara de Cuentas de Andalucía son más que suficientes como para revisar el expediente de compra.

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